El Distrito Federal


La Ciudad de México cuenta con un estatus especial. Según lo que establece el artículo 44 de la constitución federal, la ciudad de México es el Distrito Federal, sede de los poderes de la Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos. Es decir, la ciudad es coextensiva con el Distrito Federal. Si los poderes de la Unión se trasladasen a otra ciudad se transformará en un estado, el "Estado del Valle de México" con los nuevos límites que el Congreso de la Unión disponga.


La Ciudad de México se separó del estado homónimo del cual era capital en 1824 para conformarse como capital de la Federación. Como tal, no pertenece a ningún estado en particular sino a todos por igual (a la Federación). Por lo tanto, era el presidente, en nombre de toda la Federación, quien nombraba a su regente o jefe de gobierno. No obstante, el Distrito Federal desde 1997 ha recibido autonomía y sus habitantes pueden elegir directamente a su jefe de gobierno, a sus jefes delegacionales y a los representantes de su cuerpo legislativo unicameral, la Asamblea Legislativa. No cuenta con constitución propia, sino con un estatuto de gobierno. También su autonomía se extiende a su capacidad de crear leyes para la entidad. Aun así, conserva muchas prerrogativas como capital de la Federación que lo distinguen de los estados.


Con propósitos administrativos, el Distrito Federal se divide en 16 delegaciones. Aunque no son completamente equivalentes al concepto del municipio libre, las 16 delegaciones han recibido autonomía significativa y desde el 2000 los jefes de gobierno delegacionales son elegidos directamente por medio del escrutinio uninominal mayoritario (anteriormente eran designados directamente por el jefe de gobierno del Distrito Federal).


Dado que la ciudad de México se organiza como Distrito Federal, muchos de los servicios públicos son administrados por el gobierno de la entidad (supervisados por las delegaciones) mientras que estos servicios son provistos por las municipalidades en los estados de la federación. También cabe hacer notar, que aunque las municipalidades en los estados de la federación ejercen su autonomía por medio del ayuntamiento, algunas, como el de Santiago de Querétaro o Tijuana, han subdividido el municipio en delegaciones con propósitos administrativos también; o los municipios de Sinaloa y Sonora, subdivididos en sindicaturas.

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